3 de marzo de 2012

Acto inconsciente

Asi lo calificó el jurado en el juicio llevado al efecto. Quizás ya en aquellos tiempos se comenzaba a considerar a los menores de edad como "no responsables" de determinadas acciones que, como en este caso, terminaban en homicidio.

Entre ocho y nueve de la mañana del 12 de Enero último, se encontraban, limpiando los comederos del ganado, en la dehesa La Huérfana y en la casa del rentero de la misma, término de Gejuelo del Barro, los jóvenes Isidoro de la Iglesia Hernández y José Matías Fuentes Pollo, de trece y diez y ocho años de edad, respectivamente, que discutieron por si el uno no quería dar al otro un cesto de paja, .y cogiendo el Isidoro una tornadera de dientes de hierro que allí había, dió con ella un golpe al José, con tan mala fortuna, que le causó una herida por encima de la rótula y otra en el tercio superior de la cara interna del muslo derecho, la que interesó la femoral y le produjo la muerte a los pocos instantes. Aterrado el Isidoro por lo ocurrido, contrario en absoluto a su voluntad, pidió auxilio inmediatamente, pero de nada sirvió, porque su compañero dejó de existir inmediatamente. ¿Cómo iba a preveer Isidoro la trascendencia del hecho que realizó? De manera alguna, porque él, al agredir a su compañero, lo hizo guiado del instinto de indignación del momento, pero contrario por completo a su voluntad y sin darse cuenta del alcance del mismo. Ante el jurado de Ledesma compareció ayer, en la sección primera, el repetido Isidoro, acusado provisionalmente como autor de un delito de homicidio, cometido por imprudencia temeraria. No era exigible ninguna responsabilidad al procesado, según su defensor, Sr. Abarca, porque obró, en la ocasión de autos, sin discernimiento, es decir, desconociendo la trascendencia del acto ejecutado. Esto resultó demostrado en el juicio, y en vista de ello, el teniente fiscal, Sr. Del Busto, retiró la acusación que tenía formulada. Y, en definitiva, el tribunal de Derecho dictó auto de sobreseimiento libre, declarando de oficio las costas. El Licenciado Salvadera


Adelanto, 24 de mayo de 1921